Servicio Médico del Colegio las Rosas
El Colegio Las Rosas, en su afán de seguir mejorando sus servicios complementarios, ha ampliado las prestaciones ofrecidas a los usuarios del seguro de accidentes, con un Servicio Médico que se encargará de cubrir necesidades sanitarias dentro del horario lectivo.
La persona encargada de este servicio es Alba López Morales, enfermera colegiada que estará en el colegio de lunes a viernes en horario de 9:00 a 17:00. El correo de contacto es: serviciomedico@colegiolasrosas.es.
Sus funciones se dividen, principalmente, en dos bloques:
- Asistencia al Servicio de Comedor del Colegio las Rosas.
Consiste en la atención de todas las necesidades sanitarias que pudieran requerir los alumnos usuarios del servicio de comedor en el horario de la comida. - Funciones dirigidas a los alumnos inscritos en el Servicio Médico del Colegio Las Rosas.
La inscripción en el Servicio Médico deberá comunicarse en secretaría, cumplimentando la correspondiente hoja de servicios.
La entrada en funcionamiento del Servicio Médico no supone coste adicional, este curso, para las familias que ya disfrutan de las ventajas del seguro escolar de accidentes.
Funciones del Servicio Médico del Colegio las Rosas
- Campañas de “Niño Sano” con los alumnos de la Escuela Infantil.
- Realización de una ficha médica del alumno.
- Revisiones médicas periódicas del alumnado. Se hará llegar el informe de la revisión a la familia.
- Atención y gestión de incidencias y urgencias sanitarias que se produzcan en el Centro.
- Seguimiento y control del alumnado con patologías crónicas.
- Administración de medicación previamente pautada por el pediatra del alumno.
- Sesiones informativas al alumnado, en función de la edad del mismo, sobre diferentes áreas:
- Higiene bucodental.
- Hábitos alimenticios.
- Sexualidad.
- Apoyo y seguimiento de la educación nutricional del alumnado, que comprende, según la Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura, acciones como:
- Promocionar hábitos saludables duraderos.
- Involucrar a todos los miembros de la comunidad educativa en esta formación.
- Establecer y fomentar los huertos escolares.
- Desarrollar y promover dietas saludables.
Información Seguro de Accidentes
El Colegio Las Rosas ofrece a las familias de los alumnos del Centro el mejor seguro de accidentes colectivos para centros docentes que existe en el mercado, de la aseguradora MAPFRE y que incorpora novedosos servicios.
Tendrán la condición de ASEGURADOS los alumnos de las familias que soliciten y abonen dicho servicio escolar.
OBJETO Y EXTENSIÓN DEL SEGURO
Las coberturas de la póliza garantizan las consecuencias de los accidentes ocurridos en el desarrollo de las tareas docentes propias del centro asegurado y de otras actividades de caracteres lúdicos, culturales, deportivas o sociales, organizadas o autorizadas por el Colegio Las Rosas, que puedan realizarse tanto dentro como fuera del recinto o instalaciones del centro.
Asimismo quedan cubiertos los desplazamientos necesarios para la asistencia y realización de las actividades enunciadas anteriormente en cualquier medio de locomoción e incluso como peatón.
También quedarán cubiertos por la póliza los siguientes supuestos:
- Los accidentes ocurridos durante la práctica de deportes en competiciones organizadas o autorizadas por el Colegio Las Rosas, siempre y cuando no se trate de un deporte o actividad expresamente excluido de las condiciones generales del seguro.
- Los tirones, roturas o desgarros musculares, torceduras, esguinces, lumbalgias y hernias sufridas durante la práctica de las actividades aseguradas.
- Las lesiones que puedan sufrir los asegurados derivados de desafíos o riñas durante la participación en las actividades objeto de cobertura.
Quedan excluidos de la cobertura del seguro, los accidentes que puedan sufrir los asegurados durante excursiones o viajes de duración superior a sesenta días.
ÁMBITO TERRITORIAL DEL SEGURO
Las coberturas de la póliza serán de aplicación en cualquier parte del mundo, excepto en lo que respecta a la garantía de gastos sanitarios cuya cobertura se limita a los accidentes ocurridos dentro del territorio nacional.
GARANTÍAS ASEGURADAS
Además de estar aseguradas por la póliza indemnizaciones por fallecimiento o invalidez, fruto de un accidente cubierto por la póliza, también lo está la asistencia sanitaria que sea necesaria por un accidente en el desarrollo de la actividad escolar:
- Asistencia médico-quirúrgica, farmacéutica (en régimen hospitalario) y sanatorial, en accidentes ocurridos en territorio nacional, durante un período máximo de 36 meses y, en cuantía ilimitada.
- Los tratamientos de rehabilitación necesarios a consecuencia de un accidente cubierto en la Póliza de Seguro, durante un periodo máximo de 36 meses a partir de la fecha de ocurrencia del accidente, en cuantía ilimitada.
- Las prestaciones derivadas de esta garantía serán efectuadas por profesionales o proveedores designados por la Compañía, en caso contrario, el Asegurado asumirá a su cargo los gastos ocasionados.
En cualquier caso, una vez prestada la primera asistencia de urgencia, el lesionado deberá ser trasladado a los servicios médicos designados por la Compañía para continuar su tratamiento. En el supuesto de que el Asegurado no acceda al traslado, la Compañía no asumirá los gastos que se originen a partir de esa fecha.
Se pone a disposición de nuestras familias una red de centros de atención sanitaria concertados de reconocido prestigio para atender los posibles accidentes de los alumnos asegurados.
Los siniestros serán gestionados por personal experto y cualificado de la compañía aseguradora.
Como coberturas y servicios complementarios, destacan los siguientes:
- GASTOS DE ESTUDIO.
- ROTURA DE GAFAS.
- ASISTENCIA EN VIAJES.
- Ciberbullying y protecciÓn digital *
- ProtecciÓn y seguridad digital para menores *
- Kidscare (servicio mÉdico telemÁtico) *
*Mas información próximamente
GASTOS DE ESTUDIO
En caso de accidente amparado por las coberturas contratadas, que impida la asistencia a clase del asegurado, por un periodo superior a treinta días consecutivos, la compañía reembolsara los gastos que se originen, hasta un máximo de tres meses y con límite de 3.000 euros por siniestro, en los supuestos siguientes:
- Los gastos fijos de escolaridad del asegurado en que tuviera que incurrir de forma necesaria como el transporte escolar, el comedor, el importe de la mensualidad del centro o los gastos para el cuidado del menor en su residencia, si por prescripción facultativa debiera permanecer en su domicilio.
- Los gastos para el personal docente sustitutivo adecuado para impartir, en el domicilio del asegurado, las clases particulares de las asignaturas incluidas en el plan oficial que reglamente los estudios del asegurado.
- De igual modo, si la imposibilidad de asistir a las clases a consecuencia de un accidente amparado por las coberturas contratadas se prolongaran por un periodo superior a tres meses y esto implicase la perdida de matrícula, la compañía ampara el reembolso de las cantidades abonadas por este concepto.
ROTURA DE GAFAS
Mediante su inclusión se garantizan los gastos de reparación o reposición por los daños producidos en gafas propiedad del asegurado hasta un límite de 200 euros, siempre que se cumplían los siguientes requisitos:
- El origen de la rotura debe estar en un accidente cubierto en póliza.
- En dicho accidente deben existir lesiones que requieran de tratamiento médico.
- La asistencia de las lesiones debe ser en Centro Concertado y en el día de ocurrencia del accidente.
ASISTENCIA EN VIAJE
En excursiones organizadas o autorizadas por el centro escolar en el Territorio Español y Principado de Andorra, con duración no superior a 60 días queda garantizado:
Traslado: Gastos originados por el traslado del asegurado a consecuencia de un accidente cubierto por la póliza, hasta el centro médico más cercano del lugar del accidente o hasta su domicilio habitual, con un límite de 3.000 euros previa presentación de facturas.
Localización y salvamento: Si el asegurado desapareciera en situación de inminente peligro, la Compañía pagará los gastos para su localización y salvamento, hasta un máximo de 1.500 euros previa presentación de facturas.
Gastos del acompañante: Gastos justificados, previa presentación de facturas, correspondientes al transporte y estancia de dos familiares o tutores legales, en caso de fallecimiento u hospitalización del asegurado como consecuencia de un accidente cubierto en póliza, hasta 75 euros por persona y día, máximo 5 días.